* Explicó el jurista que esto se refiere específicamente a un video que está rodando por las redes sociales, donde “una maestra si se le puede llamar así, está cometiendo un delito a los niños de educación preescolar, quien debe ser sancionada por cometer ultraje contra la dignidad de los más pequeños”.
(Kathiuska Francis).- El dirigente regional del Partido Socialcristiano Copei Legítimo Barinas, abogado José Gregorio Martínez informó que está prohibido en las instituciones educativas ya sea públicos o privadas el adoctrinamiento partidista, así lo señala la Constitución Nacional y la Ley Orgánica de Protección del niño, niña y adolescente, Lopnna, pues se estaría cometiendo un “ultrajes contra la dignidad de los niños y niñas”.
Explicó el jurista que esto se refiere específicamente en un video que está rodando por las redes sociales, donde “una maestra si se le puede llamar así, está cometiendo un delito a los niños de educación preescolar, quien debe ser sancionada por cometer ultraje contra la dignidad de los más pequeños”.
Indicó Martínez que la palabra ultraje es un hecho o insulto que ofende a una persona por atentar contra su dignidad, en este caso a los niños y niñas de edad preescolar, pues esta etapa de la educación tiene como objetivo lograr el máximo desarrollo integral, en el cual se debería incluir los valores, las actitudes, la forma de comportamiento y lo físico, es decir, el inicio de la formación de la personalidad.
Acotó que la maestra está cometiendo daños psicológicos y maltrato a la integridad mental de los niños y niñas, irrespetando la dignidad del ser humano.
Por tal motivo, hizo un llamado al Fiscal General de la República para que impute a la maestra por cometer “ultrajes contra la dignidad de los niños y niñas, delito que está establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus Artículos 102, 103 y 104, en los cuales nos indica el funcionamiento de la educación para nuestros Niños, Niñas, Adolescentes y Adulto”.
Así mismo, señaló el dirigente político, José Gregorio Martínez que la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en sus artículos 55, 56, 57 y 58 da herramientas para el respeto a los Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el Artículos 11 y 12 de la Ley Orgánica de Educación, donde se prohíbe en todas las instituciones y centros educativos oficiales y privados, la difusión de ideas doctrina contraria a la soberanía nacional y a los principios.
Finalmente, puntualizó Martínez que en el artículo 12 de la misma Ley Orgánica de Educación, prohíbe la propaganda partidista en las instituciones y centros educativos, por ello, no está permitida la realización de actividades de proselitismo o propaganda partidista en los centros educativos de educación básica.