*** Las representantes gremiales, Fedecámaras, Janette Díaz Ramos y por la Cámara Inmobiliaria, Adriana Issa, explicaron que esta normativa busca rescatar la confianza en el sector y propiciar la incorporación al mercado de miles de inmuebles que actualmente se encuentran desocupados o cerrados por el temor de los propietarios.
(Kathiuska Francis Marín).- Con el objetivo de dinamizar el mercado inmobiliario y brindar seguridad jurídica tanto a propietarios como a inquilinos, la presidenta de Fedecámaras Barinas, Dra. Janette Díaz Ramos, y la presidenta de la Cámara Inmobiliaria del estado Barinas, Dra. Adriana Issa, ofrecieron detalles sobre el alcance de la recién promulgada Ley de Arrendamiento para Uso de Viviendas (Gaceta Oficial N° 7.065), en entrevista realizada en el Noticiero de la Radio Veritas 105.5 F.M.
Las representantes gremiales explicaron que esta normativa busca rescatar la confianza en el sector y propiciar la incorporación al mercado de miles de inmuebles que actualmente se encuentran desocupados o cerrados por el temor de los propietarios.
Las dirigentes gremiales destacaron que la normativa consta de 27 artículos orientados a equilibrar la relación arrendaticia, destacando los siguientes puntos clave, primero la libertad contractual y simplificación, lo que significa que se elimina la intervención previa y obligatoria de la Sunavi para la formalización de contratos. Las partes pueden pactar libremente bajo un marco de mutuo acuerdo, pudiendo formalizar la negociación de forma privada o debidamente notariada.
Segundo el canon de arrendamiento y moneda, en el cual se contempla la posibilidad de fijar el pago del canon en divisas, tomando siempre como referencia y valor de anclaje la tasa oficial dictada por el Banco Central de Venezuela (BCV). Asimismo, las renovaciones y ajustes podrán realizarse basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del ente emisor.
Continuando con el tema de la recuperación oportuna de la posesión, siendo uno de los puntos de mayor alivio para los propietarios es la facultad de solicitar la terminación del contrato y la restitución del inmueble ante supuestos específicos, tales como la falta de pago de dos meses consecutivos, daños severos a la propiedad, subarrendamiento no autorizado o un uso distinto al habitacional residencial.
Y un cuarto punto basado en el procedimientos expeditos y arbitraje, aquí la ley incorpora mecanismos de resolución de conflictos basados en la mediación y conciliación en primera instancia, seguidos por un arbitraje civil y procedimientos judiciales breves en los tribunales municipales en caso de no lograrse un acuerdo, evitando la lentitud de procesos anteriores.
Un impulso contra el deterioro y por la reactivación económica
La Dra. Adriana Issa enfatizó que la ley se aplica exclusivamente a inmuebles residenciales de uso familiar (distinta de la normativa que rige los locales comerciales) y subrayó que la misma no tiene carácter retroactivo, por lo que regirá para los nuevos contratos que se firmen a partir de su publicación.
Por su parte, la Dra. Janette Díaz resaltó el impacto positivo que esta herramienta tendrá para los propietarios, incluyendo a muchos migrantes que podrán poner a producir sus bienes inmuebles bajo un paraguas legal seguro, evitando el deterioro que sufren las edificaciones al mantenerse deshabitadas.
Finalmente, las presidentas de Fedecámaras y la Cámara Inmobiliaria hicieron un llamado a la ciudadanía y a los propietarios interesados en alquilar a asesorarse directamente con profesionales afiliados y debidamente capacitados, anunciando que desde el gremio inmobiliario se estarán dictando jornadas informativas para orientar a la colectividad sobre la correcta aplicación de este nuevo instrumento legal.
Janette Díaz y Adriana Issa Fedecámaras y Cámara Inmobiliaria destacan bondades de nueva ley de arrendamiento residencial