De Alto Barinas Sur Comunidad logra paralización de proyecto ganadero y exige reparación de daños ambientales

*** En asamblea de ciudadanos se confirmó el desmontaje del embarcadero de búfalos, mientras la representación legal vecinal demostró la ilegalidad de la ocupación y la presunta venta fraudulenta de una laguna de dominio público.

(Kathiuska Francis Marín). – En una masiva asamblea de ciudadanos celebrada la tarde-noche del pasado lunes 22 de junio, los habitantes de Alto Barinas Sur, junto a representantes del Ministerio de Ecosocialismo, el Concejo Municipal y la empresa contratista, abordaron el conflicto generado por el proyecto de cría de ganado bufalino en la zona.
Durante el encuentro, los ciudadanos Alexis Salas y Wilmer Sánchez (este último en representación de la constructora) anunciaron de forma oficial que el proyecto de cría de búfalos no se ejecutará, informando que el pasado sábado 20 de junio se inició el desmontaje del embarcadero.
A pesar de que el representante de Ecosocialismo afirmó inicialmente que no existía «desafectación» en el área, la comunidad y su equipo legal demostraron con contundencia los daños ocasionados por la obra. La constructora ejecutó un relleno compactado para edificar una casa de dos niveles y el mencionado embarcadero, lo que obstruyó el desagüe natural de la laguna.
Esta obstrucción provocó severas inundaciones que afectaron directamente a los siguientes sectores por la Urbanización Prados de Alto Barinas Sur en las calles Cataluña, 15, 16, 17 y 20, también los sectores adyacentes, lo que hizo una extensión de los perjuicios hacia las comunidades de Montecristo y La Arenosa.
Asimismo, los vecinos presentaron una denuncia formal por la deforestación indiscriminada ejecutada por la contratista en los predios afectados.
Fundamentos legales: La laguna es de dominio público
La defensa jurídica de los vecinos estuvo a cargo del abogado y defensor de derechos humanos, José Martínez, quien además de celebrar el retiro del embarcadero, exigió el cumplimiento estricto de la Constitución Nacional, la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Penal del Ambiente y el Código Civil Venezolano.
Martínez desmontó los argumentos de la constructora basándose en el marco legal vigente, según el Artículo 539 del Código Civi, establece con total claridad que las lagunas pertenecen al dominio público, en cuanto a la Ley de Aguas y su Reglamento, determina que cualquier propiedad privada colindante debe respetar de forma obligatoria una franja protectora de entre 50 y 100 metros, además de la Ordenanza Municipal, la cual prohíbe taxativamente la cría de ganado bovino, caprino y porcino dentro de las zonas urbanas de la ciudad.
Una venta «nula de toda nulidad»
En medio del debate, el ciudadano Alexis Salas mostró un documento con el que pretendía acreditar la propiedad privada de la laguna, alegando una supuesta venta realizada por un abogado al ciudadano Atef Nemer y compañía.
Al respecto, el abogado Martínez fue enfático al declarar dicha transacción como ilegal, señaló que «Esta venta es nula de toda nulidad. Intentar comercializar este espacio es el equivalente irónico a pretender comprar el río Santo Domingo. Los bienes de dominio público son constitucionalmente inalienables e imprescriptibles».
Exigencias de la comunidad y acciones penales
Para finalizar la asamblea, la comunidad de Alto Barinas Sur y su representación legal formularon un petitorio formalizado en los siguientes puntos; primero la restitución plena, es decir la devolución inmediata de la laguna y sus metros reglamentarios de zona protectora para el desarrollo de un proyecto de parque recreativo, segundo la reparación de daños, por lo que se le exige a la constructora para que asuma los costos de los daños materiales y ambientales causados a las viviendas y vialidades.
Y tercero, debe realizarse una investigación penal, por lo que se efectúa una exhortación pública al ciudadano Alcalde del municipio para que active los mecanismos legales correspondientes y solicite al Ministerio Público una investigación penal que determine las responsabilidades de quienes enajenaron fraudulentamente este bien público, catalogando el hecho como un delito de Estado.