Violencia de género en urb. Francisco de Miranda
PNB detuvo en flagrancia a sujeto
tras propinarle golpiza a su pareja

Al verse rodeado por las autoridades policiales, el agresor quien se encontraba bajo evidentes síntomas de ingesta de licor, se expresó agresivamente y presuntamente se abalanzó sin mediar palabras contra la oficial de la PNB y la comisión, siendo posteriormente detenido y puesto a la orden de la Fiscalía 17 del Ministerio Público

Raúl Alvarez González

Un ciudadano fue detenido en flagrancia la madrugada del lunes 21 de septiembre, por funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) en la urbanización Francisco de Miranda, parroquia Ramón Ignacio Méndez de Barinas, luego de propinarle una golpiza a su pareja, siendo puesto a la orden del Ministerio Público por los delitos de violencia de género,
bajo amenaza agravada, resistencia a la autoridad y ultraje al funcionario

Según los datos aportados por la PNB, los funcionarios adscritos a los Cuadrantes de Paz números 31 y 36, se encontraban realizando labores para el resguardo y seguridad de la población en la jurisdicción del Circuito Electoral Comunal Francisco de Miranda – Prados del Este, de la parroquia Ramón Ignacio Méndez, al mando de los oficiales jefes, Angela Trejo y Yohan Sánchez, vecinos del sector informaron que un ciudadano, identificado como M. Contreras R, de profesión obrero, había llegado con su pareja a su residencia, donde la agredió físicamente y éste emprendió veloz huida al detectar la presencia de la comisión policial.

Al verse rodeado por las autoridades policiales, el agresor quien se encontraba bajo evidentes síntomas de ingesta de licor, se expresó agresivamente y presuntamente se abalanzó sin mediar palabras contra la oficial de la PNB y la comisión.

Tras ser detenido y establecer los funcionarios de la PNB controles respectivos a través del Siipol, en la sede del Circuito Comunal Herlinda de Valero, se determinó que el agresor posee registros policiales por apropiación indebida, quedando en calidad de aprehendido, leyéndole sus derechos constitucionales, según lo establece el artículo 128 del COPP por estar incurso en uno de los delitos flagrantes tipificados en el Código Penal vigente.